SINDICATO UNITARIO DE LA GOBERNACIÓN DEL VALLE DEL CAUCA
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Ajuste e incremento salarial del 4.6% para estatales de Colombia


ACTA FINAL DE ACUERDO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA PLIEGO DE SOLICITUDES DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES
DE EMPLEADOS PÚBLICOS
                    
Bogotá, D.C. 11 de mayo de 2015
7:00 p.m.
La presente acta contiene los acuerdos y los desacuerdos a los que se llegó en desarrollo de la negociación del PLIEGO DE SOLICITUDES presentado el 26 de febrero de 2015 por los Presidentes de las organizaciones sindicales CUT, CGT, CTC, FECODE, UTRADEC, FENALTRASE,FECOTRASERVIPUBLICOS,UNETEyFENASER, con el acompañamiento de la ISP. Pliego presentado en el marco del Convenio 151 de la OIT y del Decreto 160 de 2014.

                                                                                                             
Teniendo en cuenta que el Pliego fue presentado por materias y capítulos especiales, su estudio, discusión y aprobación se adelantó así: capítulo general y tres capítulos sectoriales o especiales –salud, educación y justicia-. Las peticiones presentadas por FECODE y por las universidades públicas, se estudiaron de manera separada.
A continuación se relacionan las solicitudes analizadas en la mesa general  y los acuerdos y desacuerdos alcanzados:
                                                  
CAPÍTULO I. PLANTAS DE EMPLEO
PETICIÓN
Planta de empleos necesaria y desmonte de la nómina paralela con laboralización de los contratistas:
Reforma de plantas:
-Actualización plantas globales y cumplimiento sentencia C-614/09 y C-171/12.
– Representación y participación de organizaciones sindicales.
-Principio de coordinación entre autoridades públicas para la modificación de                            plantas de personal.
Proyecto de ley sobre contratos administrativos de prestación de servicios:
Reglamentación Contrato de prestación de servicios o de cualquier otra forma de vinculación por subcontratación, tercerización, o de exclusión de la relación laboral de empleo público.
ACUERDO
El Gobierno Nacional, en coordinación con una subcomisión integrada por un representante de cada Central y Federación firmante de este acuerdo, elaborará un cronograma para identificar las entidades de la Rama Ejecutiva del orden Nacional que presentan un número significativo de contratos de prestación de servicios o cualquier otra forma de contratación, con el fin de establecer si a través de ellos se vienen cumpliendo funciones con carácter permanente que deban ser desarrolladas por personal de planta, con el fin de proponer la creación de los respectivos empleos en los términos indicados en las Sentencias C- 614 de 2009 y C-171 de 2012 y en la Directiva Presidencial Número 06 de 2014. La primera entidad a revisar en el cronograma será el Ministerio del Trabajo.
El proceso de ampliación de plantas contará con la participación de máximo tres representantes de los sindicatos de cada organismo o entidad de la Rama Ejecutiva e iniciará en el presente año, sujeto a las disponibilidades presupuestales con las que cuenten las entidades.
Asimismo, el Gobierno Nacional expedirá un acto administrativo para establecer mayores niveles de coordinación y tiempos de respuesta  entre las instancias de Gobierno que intervienen en el proceso de ampliación de plantas de personal.
A nivel territorial el Gobierno Nacional impartirá directrices y lineamientos para que estas entidades y organismos den cumplimiento a las sentencias C-614 de 2009 y C-171 de 2012.
El Ministerio del Trabajo, de oficio o a petición de parte y en cumplimiento de la Ley 1610 de 2013, continuará ejerciendo las funciones de inspección y vigilancia en las entidades del Estado para el cumplimiento de las sentencias citadas.
El Gobierno Nacional continuará adelantando las gestiones que se requieran para dar cumplimiento a los acuerdos suscritos,entre otros, con los sindicatos del Instituto Nacional de Medicina Legal, DIAN, AEROCIVIL, ICBF y SENA, en  materia de ampliación de plantas de personal y los acuerdos que se lleguen a suscribir sobre el tema con el INPEC.
PETICIÓN
– Racionalización de la escala salarial.
– Saturación y disfuncionalidad de empleos.
– Corregir distorsión en empleos de Nivel inferior con asignación básica mensual mayor a empleos de Nivel superior.
ACUERDO
El Gobierno Nacional, a través del DAFP,  en coordinación con la Subcomisión Nacional del Sector Publico,  realizará un estudio técnico y financiero tendiente a establecer  la viabilidad y procedencia de ajustar la escala salarial de los empleados públicos  de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, con el fin de reducir el número de grados salariales,  en el cual deben considerarse las funciones, responsabilidades, requisitos y competencias exigidos para los diferentes empleos y con base en el mismo adoptar las medidas que administrativamente correspondan,las cuales, en todo caso, tendrán en cuenta el Marco Fiscal de Mediano Plazo señalado en la Ley 819 de 2003. Estudio que deberá adelantarse en un plazo no mayor a ocho (8) meses posteriores  a la suscripción del presente Acuerdo.
PETICIÓN
Derogatoria/suspensión del artículo 92 y otros de la ley 617/00 sobre plantas de empleos
DESACUERDO
PETICIÓN
Política pública para desmonte de “nóminas paralelas”
ACUERDO
El Gobierno, atendiendo la petición del Pliego presentado por los sindicatos de empleados públicos, tramitó ante el Congreso de la República las modificaciones señaladas en negrilla al artículo 74 del Proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrolloen el cual se resalta la obligación del Gobierno de garantizar que las actividades de carácter permanente sean desarrolladas por personal de planta. El artículo fue aprobado por el Congreso de la República en los siguientes términos:
“Artículo 74. Política nacional de trabajo decente. El Gobierno Nacional bajo la coordinación del Ministerio del Trabajo, adoptará la política nacional de trabajo decente, para promover la generación de empleo, la formalización laboral y la protección de los trabajadores de los sectores público y privado. Las entidades territoriales formularán políticas de trabajo decente en sus planes de desarrollo, en concordancia con los lineamientos que expida el Ministerio del Trabajo. 
El Gobierno Nacional también fijará las reglas para garantizar que las empresas cumplan plenamente las normas laborales en los procesos de tercerización.
El Gobierno Nacional deberá garantizar que las actividades permanentes de las entidades públicas sean desarrolladas por personal vinculado a plantas de personal, con excepción de los casos señalados  en la ley.
CAPÍTULO II. EMPLEO DIGNO/DECENTE Y CARRERA ADMINISTRATIVA
PETICIÓN
Pacto nacional por el empleo digno/decente y la carrera administrativa:
ACUERDO
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Trabajo y el DAFP,y las Confederaciones/Federaciones sindicales de empleados públicos firmantes del acuerdo, convocarán, a la mayor brevedad, la celebración del Pacto Nacional por el Empleo digno/decente y la carrera administrativa. Las partesserán promotoras y garantes de este pacto, que contendrá los siguientes aspectos:
          Objetivo: Generar un marco de cooperación pública para respetar el trabajo digno/decente y la carrera administrativa como forma de ingreso al empleo público teniendo en cuenta los principios constitucionales y de la OIT, en la materia.
          Objetivos específicos.
          Plan de acción y cronograma de actividades.
          Actores que suscribirán el pacto.
CAPÍTULO III. EMPLEO TEMPORAL, CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PETICIÓN
– Proyecto de ley sobre carrera administrativa para temporales
– Proyecto de Ley o Reglamentación sobre empleo Temporal.
– Proyecto de Ley para todas las formas de temporalidad.
ACUERDO
El Gobierno Nacionalgarantizará que la creación de plantas temporales obedezca a necesidades netamente transitorias y revisará las vigentes con el fin de verificar que se ajusten a los parámetros señalados en la Ley 909 de 2004, y de no ser así, tomar los correctivos del caso ajustándolas a las disposiciones legales de empleo permanente.
PETICIÓN
– Proyecto de Ley para consagrar un Banco Nacional de Contratistas
DESACUERDO
PETICIÓN
Banco nacional de candidatos a empleos de libre nombramiento y remoción.
ACUERDO
De conformidad con lo propuesto por el Gobierno Nacional en el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 se fortalecerán los mecanismos de evaluación de las competencias gerenciales para el ingreso y permanencia de los empleados públicos de libre nombramiento y remoción, señalados en la Ley 909 de 2004 para lo cual se revisará la normativa vigente en la Subcomisión del Sector Público y se propondrán los ajustes que se consideren necesarios. Igualmente, en esta instancia se revisará el procedimiento de evaluación de los empleos de periodo de las Empresas Sociales del Estado con el fin de proponer los ajustes necesarios.
CAPÍTULO IV EMPLEADOS TERRITORIALES:
PETICIÓN
Primas de servicios u otra denominación y bonificación por servicios prestados u otra denominación para empleados territoriales: continuidad y reconocimiento
ACUERDO
El Gobierno Nacional ratificará lo expuesto en circulares precedentes del Departamento Administrativo de la Función Pública, donde se señala que los actos administrativos que regulan la prima de servicios en el nivel territorial, de manera diferente a lo señalado en el Decreto 2351 de 2014, no quedaron derogados y gozan de presunción de legalidad.
El Gobierno Nacional expedirá un decreto extendiendo la bonificación por servicios prestados a los empleados públicos vinculados o que se vinculen a las entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Territorial, con excepción del personal administrativo y docente del Sector Educación, a las Asambleas Departamentales, a los Concejos Distritales y Municipales, a las Contralorías Territoriales, a las Personerías Distritales y Municipales, el cual entrará a regir en la vigencia presupuestal de 2016 y su pago estará sujeto a la  disponibilidad de recursos de las entidades del orden territorial y a los lineamientos de la Ley 617 de 2000. El personal administrativo del Sector Educación del nivel territorial que, en la actualidad, percibe la bonificación por servicios prestados la seguirá percibiendo.
PETICIÓN
Compensación por saturación en escala salarial.
ACUERDO
El Gobierno Nacional con las organizaciones firmantes del presente acuerdo realizarán un análisis de la aplicación de los topes salariales del nivel territorial con el fin de generar las acciones a que haya lugar, de conformidad con la ley.
PETICIÓN
Proyecto de ley de carrera en las contralorías territoriales.
ACUERDO
El Gobierno Nacional instalará una mesa de trabajo integrada por los representantes del Gobierno y un representante de cada Central y Federaciónfirmantes de este acuerdo para elaborar el proyecto de ley que otorgue facultades extraordinarias al Presidente de la República para regular la carrera especial de las contralorías territoriales y, además, el sistema específico que regule al personal científico y tecnológico de las entidades públicas que conforman el Sistema de Ciencia y Tecnología, preparando los proyectos de decreto que las desarrollen. Esta Mesa se instalará en un plazo no mayor a tres (3) meses posteriores  a la suscripción del presente Acuerdo.
CAPÍTULO V CARRERA ADMINISTRATIVA:
PETICIÓN
Fijación del procedimiento para la oferta pública de empleo.
ACUERDO
Las partes firmantes de este Acuerdo, concertarán un procedimientopara que la CNSC y el Gobierno Nacional prioricen las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional cuyos cargos vacantes deban ser convocados a concurso para su provisión definitiva, de conformidad con las disponibilidades presupuestales.
El Gobierno expedirá un Decreto que fije los términos y el procedimiento para que las entidades del orden nacional y territorial reporten los empleos de carrera vacantes de manera definitiva a la CNSC, para que este organismo programe los concursos.
PETICIÓN
Concurso de ascenso en empleos de carrera.
ACUERDO
El Gobierno Nacional analizará los alcances de la sentencia C-034 de 2015 y trabajará con las Centrales y Federaciones la propuesta de modificación de la Ley 909 de 2004 y de los demás sistemas específicos y especiales con el fin de viabilizar los concursos de ascenso cerrados en los términos autorizados por la Corte Constitucional.
PETICIÓN
Financiación de concursos con el presupuesto nacional.
ACUERDO
El Gobierno Nacional continuará asumiendo los costos de los procesos de selección en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 de acuerdo con las solicitudes hechas por cada una de las entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional y atendiendo las disposiciones de la Ley de Presupuesto.
Con respecto a la petición de determinar los costos de concursos, el Gobierno Nacional incluyó en la propuesta de articulado del Plan Nacional de Desarrollo la modificación al artículo 3 del Decreto Ley 760 de 2005, cuyo texto es el siguiente:
“Artículo 134. Concursos o procesos de selección. Modifíquese el artículo 3 del Decreto Ley 760 de 2005, el cual quedará así:
 “Artículo 3. Los concursos o procesos de selección serán adelantados por la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, a través de contratos o convenios interadministrativos suscritos con el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFESo en su defecto con universidades públicas o privadas, instituciones universitarias e instituciones de educación superior acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional para tal fin. Dentro de los criterios de acreditación que establezca la Comisión se privilegiará la experiencia e idoneidad del recurso humano que vaya a realizar los concursos.
 La Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, las universidades públicas o privadas, instituciones universitarias y las instituciones de educación superior que adelanten los concursos, podrán apoyarse en entidades oficiales especializadas en la materia, como el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES, para las inscripciones, el diseño, la aplicación y la evaluación de las pruebas; el ICFES podrá brindar su apoyo a uno o más concursos de manera simultánea.
Los costos asociados a los concursos o procesos de selección deberán ser determinados a través de Acuerdos Marco de Precios establecidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente.
Parágrafo transitorio. Hasta tanto Colombia Compra Eficiente adopte los Acuerdos Marco de Precios los bienes y servicios que requiera la Comisión serán adquiridos bajo la modalidad de contratación que legalmente corresponda”
PETICIÓN
Proyecto de ley reformatoria de la ley 734/02 y delCódigo Penal para incluir como faltas disciplinarias o delitos conductas relacionadas con contratos de prestación de servicios, el reporte de los empleos o la no convocatoria a concurso de los mismos.
DESACUERDO
PETICIÓN
Capacitación y provisionales.
ACUERDO
Las partes consideran que la materia ya se encuentra regulada en la Circular Externa No 100-010-2014 del 21 de noviembre de 2014, emitida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante la cual se flexibilizaron los criterios para que los empleados provisionales puedan acceder a programas de formación y capacitación cuya duración sea inferior a 160 horas; en especial respecto de aquellos asuntostrasversales a la organización o requeridos para el desarrollo de las funciones asignadas al puesto de trabajo. El Gobierno Nacional, junto con las centrales y federaciones firmantes, revisará y propondrá las modificaciones que en esta materia se requieran y se encuentren reguladas en el Decreto Ley 1567 de 1998.
PETICIÓN
Concurso, requisito de experiencia.
ACUERDO
El Gobierno Nacional viabilizará la creación de empleos del nivel profesional en las plantas de personal de la Rama Ejecutiva del orden nacional de los sistemas general, especial o específico, en los cuales únicamente se exija título profesional con el fin de viabilizar el ingreso de personas, que ostentando título profesional, no acrediten experiencia laboral de este nivel.
El Gobierno Nacional impartirá una directriz a las entidades territoriales para que adopten esta política en sus plantas de personal.
PETICIÓN
– Respeto y eficacia del derecho preferente para el encargo.
– Modificación Decreto 1785 de 2014 sobre funciones de los empleos.
ACUERDO
El Gobierno impartirá directrices y capacitará a las Comisiones de Personal y a sus Secretarios Técnicos para que las entidades públicas nacionales y territoriales reguladas en la Ley 909 de 2004 cumplan el artículo 24 que regula el derecho preferente de los empleados de carrera a ser encargados en los empleos vacantes.
PETICIÓN
Evaluación del desempeño:
– La Comisión Nacional del Servicio modificará Acuerdo 137/10.
– Actividad sindical en permiso.
ACUERDO
El Gobierno Nacional, en los dos meses siguientes a la suscripción del presente acuerdo, y en coordinación con las organizaciones sindicales propondrá a la CNSC un cronograma y un plan de acción encaminado a determinar los aspectos técnicos que deben ser modificados del sistema tipo de evaluación del desempeño laboral, entre los cuales se encuentra la carga laboral que se debe concertar con los servidores que gozan de permiso sindical.
Se estudiará la viabilidad de darle a la actividad sindical valor en los factores adicionales a calificar en la evaluación del desempeño.
A los servidores que gozan de permiso sindical se les continuarágarantizando los derechos inherentes a la carrera administrativa.
Igualmente, en las reformas que se adelanten de la normativa relacionada con administración de personal se relacionará el permiso sindical dentro de las situaciones administrativas en las que se puede encontrar un servidor público.
CAPÍTULO VI ASPECTOS ECONÓMICOS
PETICIÓN
Ajuste y aumento salarial:Asignación básica mensual entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2015.
ACUERDO
El Gobierno Nacional y las centrales y federaciones firmantes acordaron un incremento salarial de 4.66%para la vigencia 2015, retroactivo al primero de enero. Para el año 2016 se acuerda un aumento salarial correspondiente al crecimiento porcentual del IPC total en 2015, certificado por el DANE,más 1 punto porcentual, el cual regirá a partir del 1 de enero de dicho año.
No obstante lo anterior, el incremento para el año 2016 podrá ser revisado en el marco de la Subcomisión del Sector Público de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales con base en la situación fiscal vigente al momento de la revisión y el crecimiento real del Producto Interno Bruto que certifique el DANE para 2015. En todo caso, se mantendrácomo mínimo el incremento de 1 punto, anteriormente señalado.
                         
PETICIÓN
– Prima técnica para los empleos del nivel profesional.
Prima de riesgo por orden público.
– Eliminación discriminación en escalas de asignación básica mensual existente para las Agencias Públicas.
DESACUERDO
PETICIÓN
Prima de riesgo psicosocial.
ACUERDO
El Gobierno Nacional en coordinación con las Centrales y Federaciones firmantes de este acuerdo, establecerá un mecanismo para identificar las entidades y los servidores que prestan  servicios especiales a población víctima de la violencia intrafamiliar o social o en estado de perturbación mental o emocional, farmacodependencia, desplazamiento forzado y fragilidad y vulnerabilidad social y solicitará a las Administradoras de Riesgos Laborales valoraciones de su afectación, con el fin de adoptar las medidas requeridas para contrarrestar los riesgos y proponer las acciones a las autoridades competentes.
PETICIÓN
Servicio de transporte para los servidores públicos
ACUERDO
El Gobierno Nacional promoverá en las entidades la prestación del servicio de transporte a sus servidores, en desarrollo de los programas de área de calidad de vida laboral, para lo cual el Departamento Administrativo de la Función Pública expedirá una nueva circular externa en los mismos términos de la Circular Externa No. 10-02 de 2013.
PETICIÓN
Subsidio de transporte para los servidores públicos por desplazamiento prolongado.
ACUERDO
El Gobierno Nacional, dentro de los dos meses siguientes a la firma del presente acuerdo, revisará las condiciones para queal reconocimiento del auxilio de transporte en las entidades territoriales, establecido en el Decreto 2732 de 2014, tengan acceso los servidores que perciben una asignación básica inferior a dos salarios mínimosy vivan distanciados del lugar de trabajo, aun cuando en el lugar no se preste el servicio público de transporte y expedirá el decreto correspondiente.
PETICIÓN
– Ampliación del periodo de vacaciones.
– Apoyo educativopara los servidores y sus hijos, independientemente de la edad.
Fondo único debecas y créditos a nivel territorialy eliminación de la cuota de administracióndel ICETEX.
DESACUERDO
PETICIÓN
Estímulo al ingreso a universidades públicas y a la formación profesional.
ACUERDO
El Gobierno Nacional a través del Departamento Administrativo de la Función Pública y laESAP evaluará la creación de programas gratuitos de capacitacióndirigidos a los servidores públicos, en temas transversales de la administración y el otorgamiento de becas para servidores públicos que ocupen empleos diferentes al nivel directivo, que cumplan con los requisitos que se establezcan para tal efecto.
PETICIÓN
Criterios de formación y capacitación.
ACUERDO
El Gobierno Nacional, a travésdel Departamento Administrativo de la Función Públicay de la ESAP, fortalecerá la oferta institucional, para lo cual adoptará programas de formación y capacitación unificados para los servidores públicos a través de las distintas direcciones territoriales propiciando que las entidades contraten a la Escuela para el desarrollo de sus programas de capacitación.
PETICIÓN
Creación centro de formación técnica y profesional IDEAM.
DESACUERDO
PETICIÓN
Programas de bienestar.
ACUERDO
El Gobierno Nacional,a través del Departamento Administrativo de la Función Pública,impartirá las directrices a las entidades públicas para que los programas de protección y servicios sociales dirigidos a los servidores y sus familias en temas deportivos, recreativos, vacacionales, artísticos y culturales; promoción y prevención de la salud; capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven la recreación y el bienestar del empleado, se gestionen a través de convenios con cajas de compensación, el SENA u otros organismos que faciliten ayudas económicas, tal como lo consagra el decreto 1227 de 2005.
Además se insistirá en que este tema debe ser desarrollado en las mesas individuales de concertación con las organizaciones sindicales, como quiera que las entidades cuentan con los recursos y la competencia para que de manera  directa, en el marco de los planes de bienestar e incentivos, puedan suscribir los convenios correspondientes con las cajas de compensación familiar y el SENA.
PETICIÓN
Jornadas o turnos especiales de trabajo: madres y padres cabeza de familia.
Empleados con responsabilidades familiares: flexibilización del horario o jornada de trabajo y de traslados por solicitud del empleado.
ACUERDO
Las partes encuentran que,mediante la Circular 008 del 5 de diciembre de 2013 del Departamento Administrativo de la Función Pública,el Gobierno Nacional reguló los horarios flexibles para padres y madres cabeza de familia invitando a los representantes legales de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial a contemplar horarios flexibles dentro de la jornada máxima de 44 horas de que trata el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, o las especiales establecidas por la ley.
PETICIÓN
Personal administrativo del sector educación: equidad de derechos laborales.
DESACUERDO
PETICIÓN
Unificación de la jornada laboral a 40 horas.
DESACUERDO
PETICIÓN
Juegos deportivos nacionales de la administración pública.
ACUERDO
El Gobierno, junto con las organizaciones sindicales fortalecerá los juegos nacionales de la Administración Pública,y COLDEPORTES adelantará las gestiones necesarias para su extensión a las entidades del nivel territorial.
CAPÍTULO VII. SEGURIDAD SOCIAL: PENSIONES, TRASLADO Y LIQUIDACIÓN DE ENTIDAD PÚBLICA Y RETEN SOCIAL
PETICIÓN
Protección de los derechos laborales de empleados públicos en procesos demodificación de estructuras funcionales
ACUERDO
Las partes ratifican que la legislación vigente (Ley 790 de 2002 y decretos reglamentarios) contempla protecciones especialespara todos los servidores que se encuentren en condición dediscapacidad opara madres y padres cabeza de familia.
PETICIÓN
Política Pública para la observancia y cumplimiento de las recomendaciones adoptadas sobre Colombia por la OIT en lo relacionado con Pensiones y Pensionados (mantener vigente lo pactado en la materia en convenciones colectivas);
DESACUERDO
PETICIÓN
Pago de 100% de las incapacidades médicas por el empleador.
DESACUERDO
PETICIÓN
Sindicato de rama: comité sindical por entidad pública – extensión fueros sindicales
ACUERDO
En la Subcomisión de Concertación del Sector Público se estudiará un proyecto de Ley para fijar los alcances del sindicalismo de rama para el sector público. A dicho estudio se le dará prioridad en la agenda de la Subcomisión.
PETICIÓN
– Comité de participación sindical en toda entidad pública
– Derecho representación sindical
– Garantías sindicales
ACUERDO
El Gobierno regulará la participación de los sindicatos de los empleados públicos en la gestión administrativa laboral, para generar espacios efectivos de interlocución en todos los organismos y entidades de la Administración Pública, atendiendo las disposiciones vigentes sobre deberes y derechos relativos a la participación ciudadana y en especial de los trabajadores. El contenido de la misma se concertará con las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.
Igualmente, impartirá instrucciones para que a las organizaciones sindicales se les garantice el acceso a la información pública y a los sitios de trabajo para la promoción de la actividad sindical.
Todo lo anterior sin  perjuicio de lo pactado en el acuerdo colectivo del año 2013 sobre el particular.
PETICIÓN
Participación sindical en radio y televisión
ACUERDO
El Ministerio del Trabajo cederá a las centrales y federaciones firmantes del presente acuerdo una parte en la franja de los espacios con los que actualmente cuenta ante la ANTV, para que éstas elaboren ydifundan contenidos, siempre que los mismos no generen costos para el Ministerio.
PETICIÓN
Compensación por beneficios de los acuerdos colectivos celebrados con las organizaciones sindicales para los trabajadores no sindicalizados.
ACUERDO
El Gobierno Nacional reiterará la Circular conjunta No. 06 de 2013 motivando al servidor no afiliado al sindicato y que se beneficie del presente acuerdo a aportar, por una sola vez, el 1% de la asignación básica a la organización sindical firmante del acuerdo que considere pertinente.
En esta circular se impartirán instrucciones a las entidades del sector público para que se programen jornadas o actos de socialización de los acuerdos, con participación de la Administración y de las organizaciones sindicales firmantes de los mismos, a efectos de propiciar el aporte a que se ha hecho mención.
En la Subcomisión de Concertación del Sector Público, se estudiará el texto para un proyecto de Ley que consagre el descuento de cuota compensatoria por beneficio para los empleados no sindicalizados.
PETICIÓN
Jornada nacional anual de reconocimiento a la labor de las organizaciones sindicales y por la sindicalización:
ACUERDO
En la semana previa al 1 de mayo las entidades públicas desarrollarán conferencias, seminarios y demás actividades para el reconocimiento y fomento de la libertad sindical, la negociación colectiva y demás derechos fundamentales del trabajo. El Gobierno Nacional expedirá un decreto para tal efecto.
PETICIÓN
Cultura democrática sobre el sindicalismo y formación de los futuros trabajadores o aprendices SENA
ACUERDO
Se establecerá una mesa técnica con la participación de la Dirección del SENA, los representantes de las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo y el Ministerio del Trabajo, con el fin de incorporar en los programas de formación que imparte la institución contenidos sobrederechos fundamentales,especialmente los relacionados con el Trabajo.
PETICIÓN
Libertad sindical y derechos políticos
ACUERDO
El Gobierno Nacional dentro de los tres meses siguientes a la suscripción de este acuerdo se pronunciará, en la Subcomisión del Sector Público, sobre la viabilidad del proyecto presentado por las organizaciones sindicales en la materia. De encontrarlo procedente expedirá la regulación correspondiente.
PETICIÓN
Ministerio de Trabajo: Unidad de Reacción Inmediata Laboral (URIL).
ACUERDO
El Ministerio especializará un grupo de funcionarios a nivel de la Dirección de Inspección Vigilancia y Control, que se encargará de atender las quejas y de adelantar las investigaciones que se presenten en materia de negociación en el sector público.
PETICIÓN
Ministerio de trabajo: grupo de trabajo especializado en negociación colectiva en la administración pública y en las universidades estatales como entes autónomos.
IX.4.MINISTERIO DE TRABAJO Y DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA: COMPETENCIAS Y COORDINACION:
ACUERDO
El Ministerio del Trabajo especializará a un grupo mínimo de cinco servidores de la Oficina Jurídica en el tema de Negociación Colectiva en la Administración Pública, que se encargará de atender las consultas que se formulen en la materia y de coordinar, con el Departamento Administrativo de la Función Pública, la unificación de criterios sobre el tema.
PETICIÓN
Ministerio de Trabajo y archivo sindical: dotación y actualización.
ACUERDO
El Ministerio del Trabajo desarrollará un programa especial de fortalecimiento del Archivo Sindical con capacitación especial a los funcionarios e implementación de aplicativos de sistemas modernos y eficientes que permitan garantizar la rapidez, eficacia y transparencia en los registros y depósitos que efectúan las organizaciones sindicales y los empleadores.
El Ministerio presentará los avances de dicho programa de fortalecimiento a una comisión designada por la comisión negociadora sindical o en la Subcomisión del Sector Público de la CNCPSL, en la primera quincena de junio de 2015.
PETICIÓN
Defensoría del pueblo: creación del servicio de asistencia jurídica gratuita a los empleados en materia disciplinaria y de calificación de servicios
DESACUERDO
PETICIÓN
Reforma Decreto 160 de 2014
ACUERDO
En la Subcomisión del Sector Público de la CNCPSL,dentro de los tres meses siguientes a la firma del presente acuerdo, se adelantará la discusión sobre la viabilidad de incluir los temas de: arbitraje, normatividad presupuestal, vigencia, continuidad de derechos y progresividad, en una norma reformatoria del Decreto 160 de 2014.
PETICIÓN
Garantía del permiso sindical
ACUERDO
El Gobierno Nacional recibirá y estudiará las propuestassobre permisos sindicales que presentarán las organizaciones firmantes del presente acuerdo, y las partes definirán la modificación en la Subcomisión del Sector Público dentro de los dos meses siguientes a la firma del presente acuerdo.
CAPÍTULO XII ESPECIAL SOLICITUDES DE GÉNERO: MUJER
PETICIÓN
Reglamentación para la prevención del acoso sexual en ámbito laboral
ACUERDO 
El Gobierno Nacional, en coordinación con las organizaciones firmantes del presente acuerdo, se compromete a revisar la legislación vigente con el fin de proponer los ajustes necesarios para prevenir de manera eficaz el acoso sexual en las relaciones laborales.
PETICIÓN
Proyecto de ley que iguale licencia de paternidad con la licencia de maternidad.
ACUERDO
El Gobierno Nacional, en coordinación con las organizaciones firmantes del presente acuerdo, se compromete a revisar la legislación vigente con el fin de seguir fortaleciendo la protección en esta materia.
PETICIÓN
Asignación becas, estímulos, licencias para estudio, capacitaciones para la mujer.
ACUERDO
Las partes acuerdan que la política de estímulos y capacitación se seguirá construyendo sin distinción de raza, sexo, estirpe o condición (Art. 13 C.P.). En este sentido, se  considera que la política en esta materia debe dar el mismo tratamiento a todos los servidores públicos, como ocurre en el caso del acceso a los empleos y funciones públicas, es decir, en igualdad de condiciones (Art. 40, núm. 7 CP). Además, la estructura del sistema salarial colombiano no hace distinción en el salario que perciben hombres y mujeres en el servicio público por tratarse de un sistema unificado.
El Gobierno Nacional, en coordinación con las organizaciones firmantes del presente acuerdo, se compromete a hacer una revisión de la participación de la mujer en el empleo público y las condiciones en las que lo desarrolla con el fin de proponer acciones para contrarrestar la vulneración de sus derechos si la hubiere.
PETICIÓN
Creación Subcomisión de Género
Política incluyente para mujeres, afros, indígenas y LGBTI.
ACUERDO
Las partes consideran procedente la creación de la Subcomisión de Género, dentro de la Comisión Permanente de Política Salarial y Laboral, destinada a hacer seguimiento a la política del Estado en esta materia y, a su vez, actúe en coordinación con el Observatorio de Asuntos de Género creado por la Ley 1009 de 2006, adscrito a la Presidencia de la República. Esta Subcomisión deberá estar integrada de manera bipartita con representantes de las Centrales y Federaciones firmantes de este acuerdo.
La creación de esta Subcomisión se someterá a aprobación de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales y se encargará de revisar la Política Laboral Pública de Género, proponer la reglamentación de la Ley 1496 de 2011 y de dar cumplimiento a lo pactado en el presente acuerdo en la materia.
PETICIÓN
– Creación sistema de vigilancia y control del Plan Nacional por la Equidad Laboral
Proyecto de Ley para que se ratifique el Convenio 156 de la OIT.
ACUERDO
El Gobierno Nacional se compromete a presentar e impulsar anteel Congreso de la República los proyectos de ley correspondientes a la ratificación de los Convenios 135,149, 156 y 183 de la OIT, en la próxima legislatura.
PETICIÓN
Continuidad de derechos y progresividad:
ACUERDO
No habrá regresividad en materia laboral y se respetarán los derechos adquiridos como resultado de los acuerdos colectivos suscritos entre las organizaciones sindicales y la administración pública y los reconocidos en actos administrativos de conformidad con la Ley.
PETICIÓN
Actos de implementación como resultantes del acuerdo colectivo.
ACUERDO
El Gobierno Nacional se compromete a insertar en los considerandos de los actos administrativos unilaterales proferidos resultantes de la negociación colectiva, la mención de que los mismos fueron resultado de los acuerdos alcanzados en el marco de la negociación colectiva.
PETICIÓN
Consulta previa para regular los asuntos laborales.
DESACUERDO
PETICIÓN
Acuerdo colectivo anterior: verificación de cumplimiento y comité bipartito de seguimiento para el cumplimiento del acuerdo colectivo nacional.
ACUERDO
Se establecerá un comité conformado de la siguiente manera: un (1) integrante de cada una de las siguientes organizaciones CUT, CGT, CTC, UTRADEC, FENALTRASE, UNETE, FENASER, FECODE y FECOTRASERVIPÚBLICOS, como firmantes del presente acuerdo y los representantes del Gobierno Nacional que éste defina, que se instalará treinta (30) días después de suscrito el acuerdo, el cual se dará su propio reglamento y operará desde la Subcomisión del Sector Público. Igualmente este comité revisará los puntos a los que no se ha dado cumplimiento del Acuerdo Colectivo de 2013 y se determinará las acciones a seguir.
PETICIÓN
Vigencia y nuevo pliego
ACUERDO
El presente acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016, sin perjuicio de lo acordado sobre el incremento salarial.
Hacen parte del presente acuerdo los acuerdos suscritos sobre los capítulos sectoriales Salud, Educación y Justicia.
En constancia se firma:
LUIS EDUARDO GARZÓN          LILIANA CABALLERO DURAN
Ministro del Trabajo                            Directora DAFP
ENRIQUE BORDA VILLEGAS       ANDRÉS ESCOBAR ARANGO 
Viceministro Relaciones Laborales                                                 Viceministro Técnico de Hacienda
LUIS FERNANDO MEJÍA ALZATE                              
Subdirector DNP                                
Por la delegación sindical,
CUT:
LUIS  FRANCISCO MALTÉS  TELLO                                          WINSTON PETRO BARRIOS
Negociador                                                                                           Negociador
ALBERTO VANEGAS ZULUAGA
Negociador
FECODE:
LUIS ALBERTO MENDOZA PERIÑAN                                        PEDRO ARANGO SÁNCHEZ
Negociador                                                                                           Negociador
FENALTRASE:
HERNAN SIERRA                                                                              SARAY CASTAÑEDA LOBON
Negociador                                                                                           Negociadora
DIEGO ESCOBAR                                                                             WILLIAMS REYES MORALES
Negociador                                                                                           Asesor
ÚNETE:
RICARDO DÍAZ  RODRIGUEZ                                                       VENTURA ORTIZ MURILLO
Negociador                                                                                           Negociador
JAVIER TOVAR CHAUTA                                                               JAIME SANCHEZ SAAVEDRA
Negociador                                                                                           Asesor
RUBEN HOYOS DUQUE
Asesor
CTC:
LUIS MIGUEL MORANTES ALFONSO
Presidente CTC
JORGE PEÑA CAÑON                                                                     NANCY WILCHES DE OROZCO
Negociador                                                                                           Negociadora
MIGUEL MORANTES SABOGAL                                                 ISAIAS GARZÓN ÁLVAREZ
Negociador                                                                                           Asesor                  
FECOTRASERVIPUBLICOS:
LEILA GARCÍA MOROS                                                                  CARLOS ERNESTO RAMOS
Negociador                                                                                           Negociador
NELSON BARRERA MORALES                                                   RAFAEL HERRERA RODRÍGUEZ               
Negociador                                                                                           Asesor
CGT:
PERCY OYOLA  PALOMÁ                                                              TULIO ROBERTO VARGAS PEDROZA
Presidente UTRADEC – Negociador                                               Negociador
HORACIO BUSTAMANTE REYES                                                                JULIO ROBERTO GOMEZ ESGUERRA
Negociador                                                                                           Presidente CGT – Asesor
UTRADEC:
YANETH DEL CARMEN LINARES B.                                           NICOLÁS A.  BOLAÑO GÓMEZ
Negociadora                                                                                        Negociador
RICARDO ANTONIO VENEGAS SUÁREZ
Negociador
FENASER:
RAUL ENRIQUE  GOMEZ VELASCO                                          RODRIGO CORREA MEZA
Negociador                                                                                           Negociador
LUIS GUILLLERMO GARCÍA CHAMORRO
Negociador
ISP:
JUAN DIEGO GÓMEZ VASQUEZ
Secretario Subregional Andino
SUNET CUT:
CARLOS ERNESTO CASTAÑEDA RAVELO
Secretario técnico de la parte sindical

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El Sindicato Unitario de la Gobernación del Valle del Cauca-Diverso pero Unitario, es una Organización Sindical de Industria y/o rama de actividad económica de primer grado y mixta, que tiene en su seno a Servidores Públicos adscritos en los Niveles Central-Descentralizado, EICES-ESES-de Nivel Dptal. y Funcionaros de Educación planta FODE .


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